15 noviembre, 2024

Vigentes penas de prisión más altas por maltrato animal en Edomex

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• El maltrato y el abuso sexual de animales se castigarán hasta con cuatro años y la prolongación de la agonía hasta con seis años de prisión.

• Personas servidoras públicas que incurran en este delito podrían recibir hasta nueve años de cárcel.

• Inició el plazo para que municipios cuenten con sus unidades de control animal.

Al entrar en vigor las reformas aprobadas por el Congreso local para sancionar el maltrato animal con penas de prisión más altas, en el Estado de México quien cause lesiones dolosas, realice actos eróticos o cometa abuso sexual en contra de cualquier animal que no constituya plaga, podrá recibir de seis meses a cuatro años de prisión, que podrían incrementarse a seis años si el maltrato es fotografiado, videograbado y difundido.

Además, a quien cause la muerte no inmediata, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga, se le impondrá de tres a seis años de prisión, que podrían ser de hasta nueve, si el delito es cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales.

Así lo establecen las reformas a los artículos 235 Bis y 235 Ter del Código Penal del Estado de México, publicadas en la Gaceta del Gobierno y que entraron en vigor el 18 de agosto, las cuales pretenden inhibir el maltrato animal y maximizar su protección, al evitar actos de crueldad, así como acciones y omisiones que pongan en peligro la vida de los animales domésticos, como lo propuso la diputada María Elizabeth Millán García (Morena).
También entraron en vigor las reformas a la Ley Orgánica Municipal para que en un lapso de un año cada uno de los 125 municipios mexiquenses cuente con una Unidad de Control y Bienestar Animal encargada de la esterilización, vacunación y control poblacional de perros y gatos de compañía y en situación de calle, así como de promover la cultura de la convivencia responsable con los animales de compañía y de su adopción.
Esta unidad deberá proporcionar servicio médico veterinario, instalar unidades móviles y esterilizar a 10% del total de animales en situación de calle anualmente.

Las reformas establecen que para ser titular de la Unidad Municipal de Control y Bienestar Animal se requiere contar con Licenciatura y Cédula en Medicina Veterinaria, Zootecnista o profesión que se relacione con el conocimiento del cuidado y manejo de animales.
Indican también la integración del Consejo Municipal de Protección y Bienestar Animal, como un órgano consultivo que deberá garantizar la inclusión de personas con experiencia en materia de cuidado animal y aquellas provenientes de organizaciones de la sociedad civil que realicen acciones en pro del cuidado animal.

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