Deschatarrización de bienes estatales y municipales, plantea GPmorena

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  • La legisladora Arleth Stephanie Grimaldo, del Grupo Parlamentario de morena (GPmorena), planteó que el gobierno estatal y los municipios implementen un programa anual de deschatarrización.
  • En este programa se considerarán los muebles, equipos y bienes no fungibles, en desuso, mal estado, obsoletos o con una vida útil mayor a 10 años de antigüedad.
    Para obtener el máximo valor por los bienes y reforzar la confianza pública en la administración de los recursos, la diputada Arleth Stephanie Grimaldo Osorio (morena) propuso reformas para que el Ejecutivo estatal, por conducto de la Oficialía Mayor, así como los ayuntamientos elaboren un programa anual de deschatarrización de los bienes que integran el patrimonio estatal o municipal inservible.
    De acuerdo con la iniciativa para reformar la Ley de Bienes del Estado de México y Municipios, se considera a estos bienes como todos aquellos muebles ferrosos y no ferrosos, equipos y en general bienes no fungibles, en desuso, mal estado, obsoletos o con una vida útil mayor a 10 años de antigüedad, que se conservan en instalaciones como bodegas, terrenos o en espacios gubernamentales, pendientes de cumplir con los procedimientos administrativos para su desafectación, desincorporación y baja contable y de inventario.
    Puntualiza que se exceptuarían de la declaración de baja de inventario y del procedimiento de disposición final el equipo en uso y buen estado, que no tenga sustitución, aunque cuenten con más de 10 años, así como el equipo con garantías en trámite, pendientes de resolver o presentar reclamo, al igual que el equipo que contenga materiales peligrosos para la población o el ambiente.
    El documento señala que la deschatarrización se entiende como el acto por el cual las dependencias, organismos y entidades públicas, estatales y municipales, previa solicitud a la Oficialía Mayor o a los ayuntamientos, se deshacen de bienes muebles, a través de enajenación, con el fin de liberar instalaciones como bodegas, terrenos o en espacios gubernamentales y la obtención de un beneficio económico.
    De aprobarse la iniciativa, las dependencias, organismos y entidades públicas, estatales y municipales deberán solicitarlo a la Oficialía Mayor o a los ayuntamientos, motivando, justificando y exponiendo las razones y conveniencia, mediante dictamen técnico, misma que podrá ser autorizada considerando los beneficios o utilidad que tenga la administración con el cambio respectivo.
    En todo caso, deberá procurarse que en la determinación del destino final de bienes que formaron parte del patrimonio de las dependencias, organismos y entidades públicas estatales y municipales se tenga en cuenta la obtención de un beneficio económico, que pueda ser aprovechado para la realización de las tareas de las administraciones públicas respectivas, mediante la creación de programas de presupuesto participativo.
    La legisladora señaló que liberar espacio puede ofrecer un entorno de trabajo más eficiente y organizado, además de evitar fauna nociva y contaminación que se produce al almacenar bienes muebles chatarra. Este proceso también puede generar ingresos adicionales con su venta, aunado a que la reducción de residuos y el reciclaje de materiales contribuyen a la disminución de la huella de carbono y al uso sostenible de los recursos naturales.
https://www.congresoedomex.gob.mx/boletin/6d1be8af-627d-4dc3-81eb-a7bb09f1df49

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