Señala Morena que delito de ultrajes es letra muerta en el Edoméx
Es inconstitucional, ya que viola el derecho a la libertad de expresión: Jorge García
Propone derogar el artículo 126 del Código Penal del Edoméx porque describe el tipo penal de forma ambigua, imprecisa, abierta y amplia
De 2015 a la fecha no se han registrado denuncias por la comisión del delito de ultrajes
Toluca, Méx., 29 de marzo de 2022. El delito de ultrajes es letra muerta en el Estado de México, aseguró el diputado local de Morena, Jorge García Sánchez, además de considerarlo violatorio al derecho a la libre expresión, pues de continuar vigente este tipo penal se podrían restringir discursos impopulares y de inconformidad contra la autoridad, y podría ser un arma para callar a la ciudadanía.
El legislador presentó a nombre del Grupo Parlamentario de Morena, iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se derogan el Capítulo VI y los artículos 126 y 127 del Libro Segundo, Titulo Primero denominado Delitos contra el Estado, Subtítulo Segundo denominado Delitos contra la Administración Pública, del Código Penal del Estado de México, correspondientes al delito de ultrajes.
Destacó la necesidad de derogar los artículos 126 y 127 del Código Penal del Estado de México, ya que el primero describe el tipo penal de forma imprecisa, amplia, y en contravención a la libertad de expresión y el segundo por imponer una sanción excesiva, que además es resultado inminente y consecuencia directa de derogarse el artículo 126, ya que al derogarse el artículo que establece el tipo penal del delito de ultrajes, y al ya no existir una conducta punible, se debe derogar también él que contiene la penalidad del delito.
En tribuna, afirmó, el delito de ultrajes del Código Penal del Estado de México, ha de entenderse y verse como inconstitucional, ya que viola el derecho a la libertad de expresión, toda vez que restringe, las expresiones o acciones de descontento, enérgicas, francas y directas, pero sensatas y congruentes, por lo inexacto del tipo penal.
En la entidad, el Artículo 126 del Código Penal del Estado de México describe el tipo penal del delito de ultraje como “toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra algún servidor público, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pueda implicar ofensa o desprecio.”
Por lo que, el diputado Jorge García, consideró que la descripción es ambigua, imprecisa, abierta y amplia, lo cual transgrede el párrafo tercero del artículo 14 de la Constitución Política que dispone “en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.”, por lo que debe derogarse.
Los elementos que integran el tipo penal consistentes en: “toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada” y “que pueda implicar ofensa o desprecio”, pueden ser objeto de diversas interpretaciones, lo que implica su aplicación arbitraria; debido a que se deja a un amplio criterio, que expresión directa o indirecta o acción ejecutada, puede implicar ofensa o desprecio, en razón de que no se señalan que palabras o conductas, están prohibidas, porque contienen una ofensa o desprecio, puntualizó.
Y reiteró, el delito de ultrajes es letra muerta en nuestra entidad, pues como bien puede observarse en los diversos informes de incidencia delictiva, la cual hace referencia a la presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por las Procuradurías de Justicia y Fiscalías Generales de las entidades federativas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de 2015 a la fecha no se han registrado denuncias por la comisión de este delito.
El legislador enfatizó que se impulsa la iniciativa para seguir construyendo una sociedad democrática y libre de expresarse, de opinar en relación al actuar de las y los servidores públicos, de las autoridades y de las instituciones, y además por considerarlo violatorio al derecho humano de la libre expresión, pues de continuar vigente este tipo penal se podrían restringir discursos impopulares y provocativos de inconformidad contra la autoridad, y podría ser un arma usada por las autoridades y las instituciones para callar a la ciudadanía.
Antes señaló que el delito de ultrajes se encuentra actualmente tipificado en 25 de los 32 estados del país, algunas entidades nunca consideraron esta conducta como antisocial, y otros derivados del reconocimiento pleno de la libertad de expresión que tiene la ciudadanía los derogaron de sus códigos penales.